20 tecnicismos útiles para opositores

Desde que decidimos adentrarnos en el universo de las oposiciones son muchos los términos con los que hemos tenido que ir familiarizándonos. Tecnicismos que debemos entender a la perfección para asegurar que nuestro procedo de oposición finaliza con éxito. Por ello, en este post queremos reunir aquellos que pueden servir de gran utilidad a la hora de interpretar los boletines oficiales y las convocatorias de empleo público.

Bases de convocatorias. Instrucciones que regulan los procesos selectivos de la Administración donde se incluyen desde los requisitos de los aspirantes, la composición del tribunal hasta la presentación de la documentación o el temario, entre otros aspectos.

BOE. El Boletín Oficial del Estado es el diario oficial español destinado a la publicación de determinadas leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria. Es decir, debe convertirse en vuestra lectura obligatoria durante el periodo de las oposiciones.

Convocatoria. Inicio de plazo de presentación de instancias en un proceso selectivo convocado por la Administración.

Oposición. Es el término que deberíamos tener más claro y hace referencia al proceso selectivo en el que el opositor debe realizar una o varias pruebas de conocimiento y sólo se tiene en cuenta la calificación obtenida.

Concurso. Sistema de selección en el que sólo se tiene en cuenta los méritos del opositor, previamente detallados en la convocatoria.

Concurso-oposición. Proceso de selección donde no sólo se valora los conocimientos del opositor sino que también sus meritos personales.

Derechos de examen. Son las tasas exigidas al opositor para poder acceder a la convocatoria.

Fecha de instancias. Plazo en el que los opositores pueden inscribirse en la convocatoria.

Fecha de publicación. Periodo en la se publica la convocatoria en el boletín correspondiente.

Tribunal de oposiciones. Son los encargados de decidir si pasas o no las pruebas. Este tribunal está conformado por:

  • El presidente. Es la persona elegida como representante y, entre otras cosas, se encarga de visar las actas y certificaciones. En caso de empate su voto es definitivo.
  • El secretario. Se encarga de redactar y autorizar las actas de sesiones y también expide las certificaciones de las consultas y los acuerdos aprobados.
  • Los vocales. Participan en los debates de las sesiones y ejercen su derecho al voto.

Funcionario de carrera. A esta plaza es a la que estáis aspirando todos los opositores. El funcionario de carrera cuenta con plaza fija en la Administración Pública. Además, debe contar con un presupuesto fijo y ser convocada en un boletín oficial.

Funcionario Interino. Profesional que realiza de forma temporal una actividad laboral en sustitución a otra persona en el ámbito de la Administración Pública.

Personal laboral. Trabajadores que se rigen por el Estatuto de Trabajadores, es decir, iguales que cualquier trabajador del sector privado. En función de la duración pueden ser personal laboral fijo; por tiempo definido o temporal.

Personal eventual. Ocupan puestos temporales de confianza o de asesoramiento especial. A diferencia de los funcionarios interinos y del personal laboral su experiencia como empleados públicos no les otorga las ventajas para obtener una plaza fija.

Turno libre. Reservado para el acceso a una plaza fija en la Administración Pública. Los aspirantes sólo deben de cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Turno de promoción interna. Sólo apto para el personal funcionario y  tiene el objetivo de promocionar en su carrera administrativa.

Turno para personas discapacitadas. Se tratan de plazas reservadas para personas con discapacidad que, por norma general, cuenten con una minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

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